El capítulo II Derechos
del aprendiz Sena y el capítulo III Deberes del aprendiz Sena del Reglamento
del Aprendiz fueron trabajados con un grupo de aprendices utilizando la
metodología Taller, creando un espacio educativo para promover procesos de apropiación de conocimientos y de
participación social.
El artículo 7 dice que el
derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y
oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar,
discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al desarrollo
de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral.
Así mismo, en el artículo 9
se lee textualmente “Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral
que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con
responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la
integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás,
la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.
Los derechos y deberes se
integran a los valores Sena y en esta ocasión a la honestidad y el respeto.
El código de integridad
define Respeto: Reconozco,
valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y
defectos, sin importar su labor, su procedencia, estudios o cualquier otra
condición.
Los derechos del aprendiz están correlacionados con el respeto, en la medida de que, para exigirlos, se tiene que partir de ese reconocimiento de la dignidad de los otros.
A su vez, la Honestidad
en primera voz afirma: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo
mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés
general.
Cumplir con los deberes significa tener como guía de comportamiento la legalidad y la normatividad dentro de la honestidad.