En el marco de la normativa institucional relacionada con los
apoyos de sostenimiento regular incluye el acuerdo 009 de 2024 Reglamento del
Aprendiz en el capítulo II, artículo 5 Derechos del aprendiz, inciso 6; la
resolución 1- 01399 de 2021 por el cual se adopta el Plan Nacional Integral de
Bienestar de los aprendices; la Guía
de Apoyos Socioeconómicos Código: GFPI-G-007 V16; la resolución 1- 00169 de 2022, Por la cual se
establecen los lineamientos para la adjudicación, seguimiento y desembolso de
los apoyos de sostenimiento regular a los aprendices SENA; y la circular
No: 3-2026-0000214 del 5 de junio del
2026, emitida por la Directora de Formación Profesional Claudia Patricia Forero
Londoño, cuyo asunto es Orientaciones
convocatoria II-2026, Apoyos de Sostenimiento Regular.
La resolución 1-01399 de 2021 en su artículo 1 define el apoyo de
sostenimiento regular así: Recurso en dinero equivalente al cincuenta por ciento (50%) del salario
mínimo legal mensual vigente - SMLMV, que se le entrega mensualmente a los
aprendices que se encuentran matriculados en un programa de formación laboral y
formación tecnológica de modalidad presencial, virtual o a distancia, y que
adicionalmente cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del apoyo, lo
anterior según disponibilidad de cupos y presupuesto de la entidad.
Parágrafo: No aplica para programas de
ampliación de cobertura, articulación con la media, ni para los programas en
niveles de especialización tecnológica y profundización técnica.
CUPOS Y ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL:
De acuerdo con la circular No: 3-2026-0000214 del 5 de junio del 2026,
son 122 cupos, y la
Resolución 1-0168 del 4 de junio de 2026 con una asignación de $ 480.623.697 (CUATROCIENTOS OCHENTA
MILLONES SEISCIENTOS VEINTI TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS MTCE.)
Link de inscripción aquí
(GFPI-F-027 formato
registro condición socio económica _versión 09). Descargue aquí
Lea y descargue la circular interna: